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viernes, 29 de junio de 2012

Cobro de deudas: JUICIO EJECUTIVO. Embargo sobre sueldo del demandado. CHOFER DE TAXI


“El empleador del demandado ha puesto en tela de juicio esa sanción, que le impuso el juzgado al ejecutar el apercibimiento de fs. 32. Aquél había sido requerido para trabar embargo sobre el sueldo del accionado, chofer de taxi empleado por el apelante. Éste manifestó su imposibilidad de materializar la medida cautelar en virtud de que es el chofer del taxi quien efectúa la recaudación producto de los pagos de los pasajeros. Corresponde revocar la multa. Resulta cuanto menos verosímil –a la luz de la sana crítica- la explicación vertida por el recurrente en su carácter de empleador de un chofer de taxi, por lo cual es razonable pensar que el juzgado hubiera debido considerar esa explicación y, en su caso, arbitrar algún medio alternativo para practicar el embargo.”

Fuente: elDial.com - AA7763

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