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jueves, 31 de mayo de 2012
Area Cobro de Deudas: Ratifican Conclusión de la Quiebra ante Ausencia de Peticiones Verificatorias
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial explicó que la quiebra como proceso de ejecución forzada y colectiva no puede proseguir ante la carencia de acreedores, debido a que su presencia constituye una verdadera conditio iuri.
En los autos caratulados "Franze, Ana María s/ quiebra", la fallida apeló la decisión del juez de primera instancia que había declarado la conclusión de la quiebra por no haberse presentado ningún trámite de verificación de crédito en el proceso falencial, encontrándose vencida la fecha fijada para que los acreedores formulen tales peticiones por ante el síndico.
Publicado por Abogados.com.ar
Etiquetas:
COBRO DE DEUDAS,
COMERCIAL,
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